Nueva obligatoriedad a los proveedores de soluciones

¿De qué vamos a hablar?

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Según publicado anteriormente por la resolución nro 1584/2020 todos los proveedores de soluciones que intervienen en alguno de los procesos de facturación y/o conservación de comprobantes fiscales electrónicos, independientemente que sean proveedores habilitados o no, deberán comunicar a DGI a través de una declaración cada una de las soluciones de software que comercializan con respecto a Factura electrónica.

En un segundo nivel de apertura de la información, para cada ítem que declaren como solución de software, deberían informar los procesos que cubren con ese software en el sistema de comprobantes fiscales electrónicos.

Esa primera obligatoriedad cerró en el mes de noviembre de 2020, considerando el cuadro de vencimientos según el grupo al que pertenezca el proveedor, debiendo el proveedor declarar las soluciones comercializadas hasta octubre de 2020.

¿Cómo regularizar?

Si aún no has hecho la declaración y su solución tiene vínculo con la facturación electrónica podrás regularizar usando la extensión de declaración de proveedores liberada a todos los socios con contrato ya cerrado con Migrate en InvoiCy. 

En caso de dudas en como hacerla haz clic aquí para saber el paso a paso.

proveedores de soluciones

Nueva resolución nro 167/2021

Hace pocos días fue publicado por DGI una nueva resolución de nro 167/2021, obligando a los proveedores de soluciones informar partir del 01/04/2021 además los clientes a los que les brindan soluciones de SW en relación a servicios vinculados con el sistema de Factura Electrónica.

Dicha información deberá presentarse dentro del mes siguiente del inicio de la provisión, de acuerdo al cuadro de vencimientos. Igual obligación tendrán si se producen modificaciones  a la información ya declarada.


Respecto a la identificación de emisores electrónicos cuyas soluciones de SW se hubieran comenzado a utilizar con anterioridad al 1º de abril de 2021 y se sigan utilizando, deberán informarse junto con la información correspondiente al período abril de 2021, en el mes de mayo de acuerdo al cuadro de vencimientos.


Estamos trabajando para incorporar a la extensión de declaración de proveedores la posibilidad de incorporar los RUTs de las empresas clientes y a cuál solución están vinculadas para que sea posible cumplir con la nueva resolución.
Para tener más detalles del comunicado de DGI haz clic aquí

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